Colombia

Corte Constitucional tumba el proyecto de ley que buscaba revivir el día sin IVA en Colombia

La Corte Constitucional de Colombia ha ordenado archivar el proyecto de ley que buscaba instaurar el día sin IVA como una medida permanente. La decisión se tomó tras determinar que no se cumplió con el procedimiento legislativo exigido, debido a discrepancias entre el Senado y la Cámara de Representantes sobre las objeciones del Gobierno.

Colombia

Corte Constitucional tumba el proyecto de ley que buscaba revivir el día sin IVA en Colombia

La Corte Constitucional de Colombia ha ordenado archivar el proyecto de ley que buscaba instaurar el día sin IVA como una medida permanente. La decisión se tomó tras determinar que no se cumplió con el procedimiento legislativo exigido, debido a discrepancias entre el Senado y la Cámara de Representantes sobre las objeciones del Gobierno.

“La falta de uniformidad entre las cámaras al rechazar las objeciones del Gobierno resultó en la imposibilidad de implementar la medida”

– Indicó la Corte Constitucional.

17/3/2025

La Corte Constitucional de Colombia dictaminó el archivo definitivo del proyecto de ley que proponía establecer el día sin IVA como una política permanente en el país, iniciativa legislativa que había sido presentada en el Senado bajo el número 140 de 2023 y en la Cámara como el proyecto 100 de 2022. La decisión de la Sala Plena de la Corte se fundamentó en la falta de cumplimiento del procedimiento legislativo establecido en el artículo 200 de la Ley 5 de 1992, que regula los procesos en casos de objeciones del Ejecutivo.

El artículo 200 señala que, si una de las cámaras declara infundadas las objeciones del Gobierno y la otra las encuentra fundadas, el proyecto de ley debe ser archivado. En este caso, mientras que el Senado de la República rechazó las objeciones presentadas por el presidente de forma clara, la Cámara de Representantes no logró la mayoría simple requerida —es decir, la mitad más uno de sus miembros— para rechazar dichas objeciones. Esto generó una falta de uniformidad en el trámite legislativo.

El Gobierno, por su parte, había manifestado preocupaciones sobre la conveniencia de la propuesta, señalando que el proyecto generaba un beneficio tributario de alcance nacional que debía contar con su aprobación. Así mismo, el Ejecutivo argumentó que no se llevó a cabo un análisis adecuado del impacto fiscal que tendría la medida. Estas objeciones no lograron una postura unificada en ambas cámaras, motivo que selló el destino del proyecto.

En consecuencia, la Corte Constitucional decidió inhibirse de pronunciarse sobre la constitucionalidad del proyecto y decretó su archivo, lo que impide que el día sin IVA, como política permanente, sea promulgado. Cabe recordar que esta iniciativa había sido aplicada en administraciones anteriores como una estrategia temporal para impulsar el consumo y reactivar la economía, particularmente tras los efectos de la pandemia de COVID-19.

La determinación de la Corte se interpreta como un revés a las expectativas de varios sectores que respaldaban la medida como herramienta de estímulo económico. Sin embargo, el fallo deja clara la importancia de observar estrictamente las normas procedimentales establecidas para la aprobación de leyes en el sistema legislativo colombiano.

La norma archivada pretendía institucionalizar una medida que, durante días sin IVA anteriores en Colombia, permitió un incremento significativo en las ventas de productos electrónicos, ropa y otros bienes, reportando cifras de hasta 9 billones de pesos en transacciones.

Algo Curioso

“La falta de uniformidad entre las cámaras al rechazar las objeciones del Gobierno resultó en la imposibilidad de implementar la medida”

– Indicó la Corte Constitucional.

Mar 17, 2025
Colglobal News

La Corte Constitucional de Colombia dictaminó el archivo definitivo del proyecto de ley que proponía establecer el día sin IVA como una política permanente en el país, iniciativa legislativa que había sido presentada en el Senado bajo el número 140 de 2023 y en la Cámara como el proyecto 100 de 2022. La decisión de la Sala Plena de la Corte se fundamentó en la falta de cumplimiento del procedimiento legislativo establecido en el artículo 200 de la Ley 5 de 1992, que regula los procesos en casos de objeciones del Ejecutivo.

El artículo 200 señala que, si una de las cámaras declara infundadas las objeciones del Gobierno y la otra las encuentra fundadas, el proyecto de ley debe ser archivado. En este caso, mientras que el Senado de la República rechazó las objeciones presentadas por el presidente de forma clara, la Cámara de Representantes no logró la mayoría simple requerida —es decir, la mitad más uno de sus miembros— para rechazar dichas objeciones. Esto generó una falta de uniformidad en el trámite legislativo.

El Gobierno, por su parte, había manifestado preocupaciones sobre la conveniencia de la propuesta, señalando que el proyecto generaba un beneficio tributario de alcance nacional que debía contar con su aprobación. Así mismo, el Ejecutivo argumentó que no se llevó a cabo un análisis adecuado del impacto fiscal que tendría la medida. Estas objeciones no lograron una postura unificada en ambas cámaras, motivo que selló el destino del proyecto.

En consecuencia, la Corte Constitucional decidió inhibirse de pronunciarse sobre la constitucionalidad del proyecto y decretó su archivo, lo que impide que el día sin IVA, como política permanente, sea promulgado. Cabe recordar que esta iniciativa había sido aplicada en administraciones anteriores como una estrategia temporal para impulsar el consumo y reactivar la economía, particularmente tras los efectos de la pandemia de COVID-19.

La determinación de la Corte se interpreta como un revés a las expectativas de varios sectores que respaldaban la medida como herramienta de estímulo económico. Sin embargo, el fallo deja clara la importancia de observar estrictamente las normas procedimentales establecidas para la aprobación de leyes en el sistema legislativo colombiano.

La norma archivada pretendía institucionalizar una medida que, durante días sin IVA anteriores en Colombia, permitió un incremento significativo en las ventas de productos electrónicos, ropa y otros bienes, reportando cifras de hasta 9 billones de pesos en transacciones.

La Corte Constitucional de Colombia dictaminó el archivo definitivo del proyecto de ley que proponía establecer el día sin IVA como una política permanente en el país, iniciativa legislativa que había sido presentada en el Senado bajo el número 140 de 2023 y en la Cámara como el proyecto 100 de 2022. La decisión de la Sala Plena de la Corte se fundamentó en la falta de cumplimiento del procedimiento legislativo establecido en el artículo 200 de la Ley 5 de 1992, que regula los procesos en casos de objeciones del Ejecutivo.

El artículo 200 señala que, si una de las cámaras declara infundadas las objeciones del Gobierno y la otra las encuentra fundadas, el proyecto de ley debe ser archivado. En este caso, mientras que el Senado de la República rechazó las objeciones presentadas por el presidente de forma clara, la Cámara de Representantes no logró la mayoría simple requerida —es decir, la mitad más uno de sus miembros— para rechazar dichas objeciones. Esto generó una falta de uniformidad en el trámite legislativo.

El Gobierno, por su parte, había manifestado preocupaciones sobre la conveniencia de la propuesta, señalando que el proyecto generaba un beneficio tributario de alcance nacional que debía contar con su aprobación. Así mismo, el Ejecutivo argumentó que no se llevó a cabo un análisis adecuado del impacto fiscal que tendría la medida. Estas objeciones no lograron una postura unificada en ambas cámaras, motivo que selló el destino del proyecto.

En consecuencia, la Corte Constitucional decidió inhibirse de pronunciarse sobre la constitucionalidad del proyecto y decretó su archivo, lo que impide que el día sin IVA, como política permanente, sea promulgado. Cabe recordar que esta iniciativa había sido aplicada en administraciones anteriores como una estrategia temporal para impulsar el consumo y reactivar la economía, particularmente tras los efectos de la pandemia de COVID-19.

La determinación de la Corte se interpreta como un revés a las expectativas de varios sectores que respaldaban la medida como herramienta de estímulo económico. Sin embargo, el fallo deja clara la importancia de observar estrictamente las normas procedimentales establecidas para la aprobación de leyes en el sistema legislativo colombiano.

La norma archivada pretendía institucionalizar una medida que, durante días sin IVA anteriores en Colombia, permitió un incremento significativo en las ventas de productos electrónicos, ropa y otros bienes, reportando cifras de hasta 9 billones de pesos en transacciones.

Algo Curioso

PODRÍA INTERESARTE
 

No tienes acceso

Necesitas una membresía para acceder al contenido de este sitio.
Por favor Regístrate o Ingresa