Colombia

Corte Suprema Ratifica Condenas de Exfuncionarios del Gobierno Uribe por Sobornos para la Reelección Presidencial

La Corte Suprema de Justicia de Colombia confirmó el 27 de septiembre de 2024, las condenas a tres exfuncionarios del gobierno de Álvaro Uribe Vélez por ofrecer sobornos a congresistas para favorecer la reelección presidencial en 2004.

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Corte Suprema Ratifica Condenas de Exfuncionarios del Gobierno Uribe por Sobornos para la Reelección Presidencial

La Corte Suprema de Justicia de Colombia confirmó el 27 de septiembre de 2024, las condenas a tres exfuncionarios del gobierno de Álvaro Uribe Vélez por ofrecer sobornos a congresistas para favorecer la reelección presidencial en 2004.

"La Corte reafirma su compromiso con la integridad del proceso legislativo y la transparencia en la función pública"

- Destacó el fallo de la Corte Suprema.

28/9/2024

El tribunal ratificó la condena contra Sabas Pretelt de la Vega, exministro del Interior; Diego Palacio Betancourt, exministro de la Protección Social; y Alberto Velásquez Echeverri, exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre). Los veredictos originales se dictaron el 15 de abril de 2015, pero los acusados apelaron las sentencias.

La Corte Suprema determinó que estos exfuncionarios ofrecieron sobornos a los congresistas Yidis Medina Padilla y Teodolindo Avendaño, lo que alteró la votación para permitir la reelección del entonces presidente Álvaro Uribe Vélez. En el fallo se destacó que los tres exfuncionarios actuaron coordinadamente, cada uno desempeñando papeles específicos en el proceso de soborno.

Según las declaraciones de Yidis Medina y otras pruebas presentadas, los acusados ofrecieron beneficios burocráticos a Medina y Avendaño para que apoyaran la reelección presidencial. La Corte concluyó que los actos de los exfuncionarios influyeron directamente en los votos de los congresistas, facilitando la aprobación del proyecto de reelección.

A pesar de la amparada decisión del Comité de Derechos Humanos de la ONU favorable a dos de los acusados, Velásquez y Pretelt, la Corte Suprema mantuvo firme su decisión. La resolución de la ONU, señalando que los derechos judiciales de los exfuncionarios fueron violados, no fue suficiente para revertir las sentencias.

El abogado Víctor Mosquera Marín, defensor de Velásquez y Pretelt, ha manifestado que la situación pone de relieve la necesidad de mejores garantías de revisión plena como lo exigen tratados internacionales de derechos humanos. Sin embargo, la Corte Suprema defendió su fallo argumentando que se cumplió con todas las normativas del debido proceso interno.

Este caso marca un hito en la lucha contra la corrupción en Colombia y reitera el compromiso de las instituciones judiciales del país con la transparencia y la justicia en la función pública. Los tres condenados enfrentarán las penas impuestas conforme a la ley, subrayando la cero tolerancia hacia prácticas corruptas que busquen socavar la legalidad democrática.

Algo Curioso

"La Corte reafirma su compromiso con la integridad del proceso legislativo y la transparencia en la función pública"

- Destacó el fallo de la Corte Suprema.

Sep 28, 2024
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El tribunal ratificó la condena contra Sabas Pretelt de la Vega, exministro del Interior; Diego Palacio Betancourt, exministro de la Protección Social; y Alberto Velásquez Echeverri, exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre). Los veredictos originales se dictaron el 15 de abril de 2015, pero los acusados apelaron las sentencias.

La Corte Suprema determinó que estos exfuncionarios ofrecieron sobornos a los congresistas Yidis Medina Padilla y Teodolindo Avendaño, lo que alteró la votación para permitir la reelección del entonces presidente Álvaro Uribe Vélez. En el fallo se destacó que los tres exfuncionarios actuaron coordinadamente, cada uno desempeñando papeles específicos en el proceso de soborno.

Según las declaraciones de Yidis Medina y otras pruebas presentadas, los acusados ofrecieron beneficios burocráticos a Medina y Avendaño para que apoyaran la reelección presidencial. La Corte concluyó que los actos de los exfuncionarios influyeron directamente en los votos de los congresistas, facilitando la aprobación del proyecto de reelección.

A pesar de la amparada decisión del Comité de Derechos Humanos de la ONU favorable a dos de los acusados, Velásquez y Pretelt, la Corte Suprema mantuvo firme su decisión. La resolución de la ONU, señalando que los derechos judiciales de los exfuncionarios fueron violados, no fue suficiente para revertir las sentencias.

El abogado Víctor Mosquera Marín, defensor de Velásquez y Pretelt, ha manifestado que la situación pone de relieve la necesidad de mejores garantías de revisión plena como lo exigen tratados internacionales de derechos humanos. Sin embargo, la Corte Suprema defendió su fallo argumentando que se cumplió con todas las normativas del debido proceso interno.

Este caso marca un hito en la lucha contra la corrupción en Colombia y reitera el compromiso de las instituciones judiciales del país con la transparencia y la justicia en la función pública. Los tres condenados enfrentarán las penas impuestas conforme a la ley, subrayando la cero tolerancia hacia prácticas corruptas que busquen socavar la legalidad democrática.

El tribunal ratificó la condena contra Sabas Pretelt de la Vega, exministro del Interior; Diego Palacio Betancourt, exministro de la Protección Social; y Alberto Velásquez Echeverri, exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre). Los veredictos originales se dictaron el 15 de abril de 2015, pero los acusados apelaron las sentencias.

La Corte Suprema determinó que estos exfuncionarios ofrecieron sobornos a los congresistas Yidis Medina Padilla y Teodolindo Avendaño, lo que alteró la votación para permitir la reelección del entonces presidente Álvaro Uribe Vélez. En el fallo se destacó que los tres exfuncionarios actuaron coordinadamente, cada uno desempeñando papeles específicos en el proceso de soborno.

Según las declaraciones de Yidis Medina y otras pruebas presentadas, los acusados ofrecieron beneficios burocráticos a Medina y Avendaño para que apoyaran la reelección presidencial. La Corte concluyó que los actos de los exfuncionarios influyeron directamente en los votos de los congresistas, facilitando la aprobación del proyecto de reelección.

A pesar de la amparada decisión del Comité de Derechos Humanos de la ONU favorable a dos de los acusados, Velásquez y Pretelt, la Corte Suprema mantuvo firme su decisión. La resolución de la ONU, señalando que los derechos judiciales de los exfuncionarios fueron violados, no fue suficiente para revertir las sentencias.

El abogado Víctor Mosquera Marín, defensor de Velásquez y Pretelt, ha manifestado que la situación pone de relieve la necesidad de mejores garantías de revisión plena como lo exigen tratados internacionales de derechos humanos. Sin embargo, la Corte Suprema defendió su fallo argumentando que se cumplió con todas las normativas del debido proceso interno.

Este caso marca un hito en la lucha contra la corrupción en Colombia y reitera el compromiso de las instituciones judiciales del país con la transparencia y la justicia en la función pública. Los tres condenados enfrentarán las penas impuestas conforme a la ley, subrayando la cero tolerancia hacia prácticas corruptas que busquen socavar la legalidad democrática.

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